jueves, 17 de diciembre de 2015

DECRETO DEL SEÑOR OBISPO CON MOTIVO DEL AÑO DE LA MISERICORDIA


JOSÉ VILAPLANA BLASCO 
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA 
OBISPO DE HUELVA 

“Jesucristo es el rostro de la misericordia del Padre” (MV, 1). Por la bula Misericordiae Vultus, de 11 de abril de 2015, el Santo Padre Francisco ha convocado el Jubileo extraordinario de la Misericordia, que dará comienzo en la solemnidad de la Inmaculada Concepción del presente año y se extenderá hasta la solemnidad de Jesucristo Rey del Universo, 20 de noviembre de 2016. Con tal motivo, tendrá lugar una serie de acontecimientos litúrgicos, así como varias iniciativas pastorales, sociales y culturales, que pondrán de relieve el misterio de la misericordia (Cf. MV, 2). Igualmente, el Sumo Pontífice ha querido proveer oportunamente los tesoros espirituales que se han de conceder a los fieles para su santificación, de modo que puedan renovar y fortalecer propósitos de salvación sobrenatural. 

La Diócesis de Huelva se une gozosamente a la celebración, y organizará a lo largo del Año de la Misericordia, diversas actividades formativas, litúrgicas y sociales. En aplicación de lo dispuesto en la bula Misericordiae Vultus, por las presentes hacemos públicas las gracias que podrán obtenerse para conocimiento de los fieles de nuestra Diócesis: 

I. Los fieles cristianos, una vez cumplidas las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice), podrán lucrar la indulgencia plenaria si participan devotamente en una función sagrada realizada públicamente en forma de peregrinación a la Santa Iglesia Catedral, entrando por la Puerta de la Misericordia, participando en la celebración de la Santa Misa y haciendo la profesión de fe. 

II. Los fieles impedidos por la enfermedad o por otra causa legítima, podrán lucrar también la indulgencia plenaria, cumpliendo todos los requisitos para la obtención de la indulgencia plenaria, excepto la peregrinación a la Santa Iglesia Catedral, con tal que se unan espiritualmente a una celebración jubilar, ofreciendo a Dios sus oraciones y sus sufrimientos. 

III. La indulgencia plenaria podrá ser aplicada como sufragio por las almas de los fieles difuntos. 

Igualmente, por el presente 

DECRETO: 

1. Que en todas las iglesias parroquiales, así como en las rectorales y en los santuarios de peregrinación, se establezcan y se publiquen los horarios en los que los fieles puedan recibir el sacramento de la Penitencia, especialmente en los viernes, día penitencial. 

2. Que en el tiempo litúrgico de la Cuaresma, para que sea vivida con mayor intensidad, se organicen en cada parroquia o arciprestazgo catequesis y charlas sobre la misericordia de Dios, sobre el sacramento del Perdón y sobre las obras de misericordia. 

3. Que en cada parroquia se ofrezcan sugerencias concretas a los fieles para la práctica de las obras de misericordia corporales y espirituales. 

4. Que se revitalice en cada parroquia el Signo de Cuaresma – destinado este año a la Casa “Santa María”, de Cáritas Diocesana, como una muestra concreta, a nivel diocesano, del lugar en que se practican las obras de misericordia. 

5. Que las parroquias y arciprestazgos, organicen una peregrinación a la Santa Iglesia Catedral, –“signo del hecho que también la misericordia es una meta por alcanzar y que requiere compromiso y sacrificio” (MV, 13)– , para que los fieles puedan lucrar las gracias del Jubileo. 

Animo, pues, a todos, a vivir este acontecimiento de gracia, tomando conciencia y experimentando la misericordia de Dios para con cada uno de nosotros. Igualmente os exhorto a la reflexión sobre las obras de misericordia, que hará que podamos darnos cuenta si vivimos o no como discípulos del Señor (Cf. MV 15). Y ruego a los sacerdotes que generosamente ofrezcan mayor parte de su tiempo para el ministerio de las confesiones, para ser “un verdadero signo de la misericordia del Padre” (MV, 17). 

Dado en Huelva a veintiuno de noviembre de dos mil quince, memoria litúrgica de la Presentación de la Santísima Virgen. Por mandato del Excmo. y Rvdmo. Sr. Obispo

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